domingo, 20 de mayo de 2012

HACIENDO MEMORIA, RESOLUCIÓN PLENO AYUNTAMIENTO DE LA TORRE 26/04/2011. NO NOS RENDIMOS.


AYUNTAMIENTO DE LA TORRE DE ESTEBAN HAMBRAN (TOLEDO.
ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO
MUNICIPAL EL DIA VEINTISEIS DE ABRIL DE DOS MIL ONCE.

SEÑORES ASISTENTES.-

D. ÁNGEL MARINAS ALONSO.
Dª. MARÍA VISITACIÓN RIVERA PÉREZ.
D. JOSÉ MARÍA SERRANO GUERRA.
Dª. MARÍA JESÚS AGUILAR ALONSO
Dª. MARÍA EMMA GARCÍA SÁNCHEZ.
D. JUAN CARLOS GARCÍA GARCÍA.
D. FÉLIX MARTÍN SALVADOR.
Dª. MARIA TERESA ENCINAS SOLIS.
SEÑORES AUSENTES.-
D. JUAN CARLOS MARTÍN ALONSO.
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En La Torre de Esteban Hambrán (Toledo), siendo las veintiuna horas del día veintiséis de abril de dos mil once, se reunieron los señores arriba indicados, bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. Ángel Marinas Alonso, al objeto de celebrar sesión extraordinaria convocada para este día, asistidos del Sr. Secretario D. José Manuel Palomar Martín, con el siguiente orden del día.

ORDEN DEL DIA


IV.- ESCRITO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO SOBRE LA DENOMINACIÓN DE LAS CALLES JOSE ANTONIO Y MARTIRES.-  Por el Sr. Alcalde se dio cuenta del escrito remitido por el Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha, del que ya informó en la sesión anterior, todo ello en relación con el expediente A-10/0288, por la inactividad de este Ayuntamiento en lo referente a la denominación de dos calles y un colegio público de la localidad, según los reclamantes que lo promueven, por considerar que vulnera la vigente legislación en materia de recuperación de la memoria histórica.

En dicho escrito, tal y como se había indicado, se menciona el acuerdo que, con fecha 18 de mayo de 2.010, adoptó el Pleno de este Ayuntamiento a este respecto.

En el escrito ahora remitido por el Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha, se indica que “con respecto al Colegio Público “Juan Aguado”, constan en los antecedentes debates motivados por la posible causa de la denominación, confrontándose argumentos que le atribuyen un significado meramente político con otros que afirman que podría tener su causa en su contribución activa a la escolarización de la población, y a la construcción de la escuela”. 

Por lo que se refiere a la denominación de las calles José Antonio y Mártires, en base a las facultades conferidas por la Ley 16/2001, de 20 de diciembre, del Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha, formula la siguiente Resolución:

“Recomendación: Al Excmo. Ayuntamiento de La Torre de Esteban Hambrán, para que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, adopte las medidas oportunas para cambiar la denominación de las calles “José Antonio” y “Mártires” de esa población.”.

Como consecuencia de todo ello y en respuesta a la recomendación efectuada por el Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha, el Pleno del Ayuntamiento por unanimidad de todos los asistentes acordó reiterarse total e íntegramente en el acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 18 de mayo de 2.010, por considerar que no proceder adoptar ninguna medida para cambiar la denominación de las calles “José Antonio” y “Mártires” de esta población, ya que la recomendación formulada se base en una opinión, muy respetable por otra parte, pero a fin de cuentas una opinión, y no en hechos objetivos o legales que implique un incumplimiento de lo dispuesto en la Ley 52/2007, de 26 de diciembre.

Y no habiendo más asuntos de que tratar se dio por terminada la sesión a las veintiuna horas y treinta minutos de la que se extiende la presente acta y de cuyo contenido, certifico.----------------------------------------------------------------------------------

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